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La atención a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia machista, por parte de profesionales.

11/30/2022

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En torno al 25 de noviembre de 2022, proponemos hacer una revisión del marco normativo que ampara a la mujer y a la niña con discapacidad víctima de violencia de género.
Y en este sentido, igual que podemos lamentar otros desatinos normativos, debemos felicitarnos de los avances  en el reconocimiento de la persona con discapacidad con sus derechos inherentes que deben ser garantizados por parte de la administración pública.
En el marco normativo actual, han sido un gran empuje la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y el real decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Todas estas normas tienen un enfoque en Derechos Humanos que tiende a poner a la persona con discapacidad en el centro, garantizando el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomas sus propias decisiones, y la independencia de las personas, tal y como dicta la Convención.

Es necesario que en la atención que se preste a mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género siempre mantengamos el objetivo de la garantía de la dignidad y la independencia de la mujer con discapacidad por encima de todo.

Para trabajar en la perspectiva de respeto de los Derechos Humanos en la atención a mujeres y niñas con discapacidad tenemos la herramienta del Protocolo de Atención Específica a Mujeres con Discapacidad Víctimas de Violencia de Género del Instituto Andaluz de la Mujer, del que destacamos las siguientes recomendaciones para el momento de mantener la primera entrevista entre el profesional y la mujer o niña con discapacidad víctima:
  • Tener en cuenta la etapa vital de la mujer/niña con discapacidad.
  • No imponer criterios propios, ni tomar decisiones por la niña/mujer con discapacidad, no juzgar.
  • Observar el estado emocional y actitud, respetar los tiempos.
  • Utilizar un lenguaje sencillo (sin infantilizar) y respetando los tiempos de respuesta.
  • Tomar consciencia del lenguaje corporal.
  • Adelantar que es lo siguiente y como y con quien va a ser.
  • Alentar sobre la realidad.

Cómo última propuesta para los profesionales que atienden a mujeres y niñas con discapacidad víctimas de violencia de género, quienes a menudo se encuentran con falta de recursos a la hora de proponer medidas de apoyo para las personas a las que atienden, es tener en cuenta que las entidades que conformamos el tercer sector somos un valioso recurso en el que apoyarse.

Establecer redes de apoyo y refuerzo entre profesionales es una actividad que debemos de abordar con entusiasmo porque es una estrategia que siempre redunda en beneficio de las mujeres y niñas con discapacidad víctimas de violencia de género.
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